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Condenaron al sujeto que dejo inconsciente a su ex pareja

El individuo había seguido a su ex pareja desde Rafaela a Tostado. Le propinó una golpiza con la que la dejó inconsciente y huyó. Fue atrapado cuando escapaba a la altura de Logroño.

Fue condenado además por un hecho de abuso sexual.

Se trata de Patricio Carlos Córdoba Pavón de 42 años. Se le impusieron tres años de prisión de cumplimiento efectivo por delitos en perjuicio de dos víctimas. La fiscal a cargo de la investigación es Shirli Tomasso.

Un hombre de 42 años identificado como Patricio Carlos Córdoba Pavón fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo por la autoría de ilícitos en contexto de violencia de género cometidos en Rafaela y en Tostado.
La sentencia fue impuesta por el juez José Luis Estévez en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos desarrollado en los tribunales de la ciudad de Tostado.
La fiscal a cargo de la investigación es Shirli Tomasso, quien destacó que “el condenado reconoció expresamente su responsabilidad penal en los cuatro hechos ilícitos que le atribuimos”.

Inmadurez sexual
“Los hechos que investigamos fueron cometidos en perjuicio de dos mujeres, una de ellas era adolescente al momento de los ilícitos y la otra era su pareja”, informó la fiscal.
En relación al primer ilícito, la fiscal detalló que “fue cometido en Rafaela en perjuicio de la menor de edad”. La funcionaria del MPA argumentó que “Córdoba Pavón se aprovechó de la inmadurez sexual de la víctima y, en reiteradas ocasiones, la llevó a su casa y la agredió sexualmente en un claro contexto de violencia de género”.
Tomasso también se refirió a los otros tres hechos cometidos por Córdoba Pavón y dijo que “fueron en perjuicio de la mujer que era su pareja”. En tal sentido, precisó que “la agredió verbal y físicamente y la amenazó para que ella no lo denuncie”.

Calificación penal
Por el ilícito cometido en perjuicio de la adolescente, Córdoba Pavón fue condenado como autor del delito de estupro. En tanto, por los hechos en los que la víctima fue su expareja, al condenado se le atribuyó la autoría de los delitos de lesiones leves dolosas agravadas por el vínculo y amenazas coactivas.

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