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La ANSES informó que no se suspenderán las pensiones por fallecimiento

Se recomienda asistir a la oficina de atención más cercana al domicilio del pensionado a realizar dicho trámite.

La Anses informó que si bien muchos beneficiarios de pensiones fueron citados por el organismo previsional a acompañar nuevamente los datos del fallecimiento del causante, por el momento no se darán de baja ninguna prestación que no haya cumplido con el requerimiento, sino que se citará especialmente cada caso

¿Quiénes deben concurrir?
* Personas que hayan sido citadas a través del recibo de haberes (Importante: Leer debajo del recibo la leyenda)
* Titular o apoderado del cobro si el primero no puede asistir personalmente.

¿Qué documentación deben llevar?
Aunque no es clara la información siempre, para la acreditación de datos personales en las pensiones, debió llevarse:
1) Acta de matrimonio actualizada (esto es con posterioridad a la fecha de fallecimiento del causante ya que de ahí surje que no haya inscripción de divorcio vincular), aunque algunas oficinas de Anses están tomando las simple libretas de matrimonio.
2) Acta de defunción (el certificado de defunción de color que habitualmente entrega la cochería no sirve porque no consta la fecha de nacimiento del fallecido, sino la edad de éste al momento de su deseso)
3) DNI del beneficiario.
Si es conveniente, además debe llevar el certificado de convivencia o pruebas que acrediten la misma. Si tienen hijos en común, deben establecer una prueba de 2 años y si no tienen hijos en común, la prueba es de 5.
El problema es si el causante era extranjero porque la Anses está no preparada para la acreditación de CUIL de persona fallecidas con mucho tiempo por lo que hay mucha incertidumbre por parte del colectivo.

FUENTE: Nuevo Diario

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