Se establecen los montos que percibirán las Autoridades de Mesa en las Elecciones 2013
Varían para quienes cumplan las funciones en las dos fechas electorales, y se incrementa con la asistencia a las capacitaciones dictadas. Por otra parte, aquellos que fueron asignados y no puedan o quieran cumplir la tarea, deberán acercarse a la oficina del Correo Argentino más cercana y enviar su renuncia. El costo de este envío lo deberá costear el interesado.
Dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 72 del Código Electoral Nacional, el Ministerio del Interior y Transporte fijó las sumas que en concepto de viático se abonarán a quienes se desempeñen como autoridades de mesa en las Elecciones 2013 para cargos electivos nacionales. Asimismo, estableció el monto de la compensación adicional que recibirán aquellos que asistan a las actividades de capacitación que, para el ejercicio de esta trascendente función, sean reconocidas como tales por la Justicia Nacional Electoral (Resolución MIyT N° 244/2013).
A continuación, se detallan los montos establecidos por cada concepto:
1.- Viático por el ejercicio de la función de Autoridad de Mesa en:
Elecciones Primarias y Nacionales. A quienes cumplan funciones como autoridades de mesa en las Elecciones Primarias y en las Elecciones Nacionales 2013, se les reconocerá la suma de quinientos pesos ($500).
Si algún ciudadano que ejerza esta función en las Elecciones Primarias, no pudiera hacerlo en las Elecciones Nacionales –o viceversa-; únicamente se le reconocerá la suma de doscientos cincuenta pesos ($250).
2.- Compensación adicional por capacitación:
Elecciones Primarias y Nacionales. Quienes, en forma previa a cada una de estas elecciones, hayan participado de las actividades de capacitación de autoridad de mesa reconocidas por la Justicia Nacional Electoral, recibirán una compensación adicional de cien pesos ($100).
De manera que, si algún ciudadano participa exclusivamente de las actividades de capacitación previstas para las Elecciones Primarias y no lo hiciera en aquellas dirigidas a las Elecciones Nacionales –o viceversa-, únicamente se lo compensará con la suma de cincuenta pesos ($50).
ELECCIONES 2013 – AUTORIDADES DE MESA
VIÁTICOS POR EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN Y COMPENSACIÓN ADICIONAL POR CAPACITACIÓN
Monto en Pesos Concepto
$600 Ejercicio de sus funciones tanto en Elecciones Primarias como en Elecciones Nacionales, y haber participado de las capacitaciones impartidas para cada acto electoral
$550 Ejercicio de sus funciones tanto en Elecciones Primarias como en Elecciones Nacionales, y haber participado exclusivamente de la capacitación impartida para uno de los actos electorales
$ 500 Ejercicio de sus funciones tanto en Elecciones Primarias como en Elecciones Nacionales, y no haber participado de ninguna de las capacitaciones impartidas para cada acto electoral
$ 300 Ejercicio de sus funciones sólo en una de las dos elecciones (Primarias o Nacionales), y haber participado de la capacitación impartida para tal acto electoral
$ 250 Ejercicio de sus funciones sólo en una de las dos elecciones (Primarias o Nacionales), y no haber participado de la capacitación impartida para tal acto electoral
Condiciones para percibir las compensaciones económicas detalladas:
La Justicia Nacional Electoral estableció como condición para el pago la devolución de los “padrones especiales de mesa” por parte de quienes se hayan desempeñado como autoridades de mesa y la verificación de su cumplimiento por parte de la Cámara Nacional Electoral (Acordada Extraordinaria CNE N° 18/2013).
El cumplimiento de sus funciones en los términos establecidos por el Código Electoral Nacional para quienes se desempeñen como autoridades de mesa y la verificación de esta condición por parte de la Justicia Nacional Electoral.
Integrar la nómina de las personas con derecho a percibir estas compensaciones que confecciona la Cámara Nacional Electoral e informa a la Dirección Nacional Electoral.
FUENTE: Ceres Digital