Conocé nuestros servicios
Viernes 15 Noviembre, 2024 22:48

El Especial de la Noche

Con Juan Carlos Goñi
lun a vie 22:00 a 01:00


Ver programación

INTERES GENERAL

Autorizan a la policía federal a disparar sin dar la voz de alto

Alcanza a la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria, todas bajo jurisdicción del Ministerio de Seguridad. Fue oficializado el reglamento general para miembros de fuerzas federales de seguridad en el uso de armas de fuego.

El gobierno oficializó hoy el reglamento general para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad que entre otras cosas permite que la policía dispare contra personas que huyen. La resolución 956/2018 publicado hoy en el Boletín Oficial, y que lleva la firma de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, deroga también toda disposición o normativa contraria a la nueva reglamentación.
La medida entrará en vigencia mañana y tendrá jurisdicción para la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria. Entre los considerandos de la medida se establece que la seguridad es un derecho transversal a todos los derechos reconocidos explícita e implícitamente por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de Derechos Humanos.
Asimismo considera que la actividad policial requiere actualizar los criterios de acción vigentes en las fuerzas policiales y de seguridad federales debido a la particularidad y gravedad de los delitos en lo que debe actuar en defensa de la ciudadanía. “Resulta necesario implementar acciones que tiendan a sostener la protección de la vida y la integridad física de la ciudadanía en su conjunto y de los miembros de las fuerzas policiales y de seguridad federales”, indica la resolución.
Se recuerda también que el informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos recomienda a todos los estados miembros dictar las regulaciones necesarias para establecer el principio de necesidad en el uso de la fuerza.
El artículo segundo del reglamento determina que se hará uso de las armas de fuego cuando resulten ineficaces otros medios no violentos en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves.
También se permitirá el uso para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, para proceder a la detención o impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente.
El Jefe de Gabinete del Ministerio de Seguridad, Gerardo Milman, resaltó que antes “las fuerzas federales no podían actuar preventivamente hasta que el delincuente no accionara, lo cual las hacía estar en una condición de debilidad”. “Ahora estarán habilitadas, y no esperar a que primero dispare el delincuente”, señaló en declaraciones a radio Led. Aclaró que “los agentes podrán tirar a zonas no letales” y dijo que con la nueva normativa “están habilitados a disparar si hay una situación de peligro para otros ciudadanos o él mismo, incluso si el delincuente está en fuga”.

Comentarios