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Caso Martínez: La Cámara de Apelación no se expidió sobre la causa

Solo confirmó la prisión preventiva en el mayor de los hermanos pero por el robo de la familia Rojas, hecho por el que dictó prisión domiciliaria para K.S. Revocó la medida en contra de la femenina tostadense.
El juez de Segunda Instancia “no abundó” en las otras causas, entre las que se encuentra el asesinato del empresario tostadense.

 La decisión se interpreta de la resolución dictada por el dr. Juan Manuel Oliva, Juez Penal de Segunda Instancia de la Quinta Circunscripción Judicial –Rafaela- el pasado 1 de agosto.
En la oportunidad, el magistrado respondió a la apelación de la prisión preventiva dictada por el juez de Tostado, en contra de  RMG y KSS, y la prisión domiciliaria de MCT, por el Homicidio de Luis Alberto Martínez, hecho ocurrido el 18 de abril. El expediente además cuenta con otra serie de hechos que la fiscal imputo a cada uno de los mencionados.
El documento requerido por este medio a la Cámara de Apelación de Rafaela  y que consta de un total de 21 páginas, enumera cada caso, atendiendo lo señalado por la defensa y el Ministerio Público de la Acusación.
Finalmente, el juez de la Cámara confirmó la prisión preventiva en RMG por robo calificado en perjuicio de Carlos Rojas, el 8 de abril, hecho por el que dictó la prisión domiciliaria a KSS –el menor de los hermanos-, beneficio que le otorgó por una cuestión de su salud. En cuanto a MCT, la femenina tostadense acusada de aportar datos de la víctima del homicidio, Oliva revocó la medida cautelar que tenía –prisión domiciliaria-, disponiendo su inmediata libertad.
Al respecto de las acusaciones que pesan sobre RMG : robo de armas a la Brigada Operativa Departamental-; robo calificado por uso de arma y la comisión en banda contra la familia Dagatti; y coautor del Homicidio de Lucho Martínez, imputación que comparte con su hermano menor KSS, al igual que el motín efectuado en la alcaldía local, la resolución sólo refiere  a que “ no hemos de abundar sobre otros –ya expuesto la decisión en base al caso Rojas-, en la inteligencia de que “…Los jueces no están obligados a tratar todos los argumentos utilizados por las partes, sino sólo aquellos que estimen decisivos para la solución del caso…”, por aceptar las pruebas en el robo contra Rojas.

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