Los dos sujetos mayores –ambos de 19 años-, imputados por robo doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de un menor, efectuado en la estación de servicio Shell, obtuvieron el privilegio de la prisión domiciliara sin plazo.
La medida fue dictada por el juez Dr. Alejandro Mognaschi -de Rafalea-, este jueves por la mañana, en la audiencia de medida cautelar, celebrada en la Oficina de Gestión Judicial. Fue luego de escuchar el pedido de prisión preventiva por parte de la fiscal Sonia Bustos, quien esgrimió las pruebas fundantes para establecer la probable autoría del hecho , para dar lugar a lo pedido por la defensora pública Romina Cristóbal quien solicitó la prisión domiciliara.
Antes, la fiscal Sonia Bustos imputó a dos hombres de iniciales DRG y JRC (ambos de 19 años) por el asalto a mano armada en la Estación de Servicio Shell, en la madrugada del día 29 de mayo. DRG fue imputado por la autoría de los delitos robo calificado agravado por el uso de arma de fuego no hallada y por la participación de un menor de edad, y por un hecho anterior de hurto simple (perpetrado el 24/03/18). Por su parte, JRC fue imputado como partícipe necesario por el delito de robo calificado agravado por el uso de arma de fuego no hallada y por la participación de un menor de edad en la agencia de combustibles.
El magistrado dispuso que los acusados continúen el proceso con prisión domiciliaria sin plazo. La orden impide que los sujetos puedan salir de los domicilios fijados, quedando a la guarda de familiares mayores de edad.
La caratula, provisoria en esta altura del proceso, contempla además que de ser encontrada el arma que aparecería en las imágenes capturadas por las cámaras de videovigilancia, y aportada la misma como prueba, los acusados recibirían la prisión preventiva .
Lo resuelto por el juez causo sorpresa en la comunidad por lo violento del asalto, por el uso de armas y la agresión ejercida sobre el playero.
La medida es otorgada además de que los individuos estarían con otros legajos iniciados -otras causas-, como por ejemplo la entradera a la heladería en Bandera, cuestiones que no se computan como antecedentes penales por no revestir condenas aún.