Tras lo decretado por la comuna este lunes, a partir de este martes se realizan controles de tránsito las 24 hs. sobre el acceso 292 s. Esto permite saber quién ingresa a la localidad y de que punto del país para prevenir la pandemia COVID-19.
Mediante la ORDENANZA N° 803/20, la Comuna de Villa Minetti estableció normativas para la prevención del coronavirus. Dentro de esto se dispuso el control del ingreso a la comunidad, para asentar quienes entran y de donde provienen.
La normativa completa:
Las disposiciones adoptadas por el Gobierno Nacional y el Gobierno de la provincia con respecto a la epidemia que está azotando no solo a nuestra provincia ni el país, sino al mundo entero;
Y considerando:
Qué deben extremarse por recaudos a nivel local, de manera tal de poner en funcionamiento todos los mecanismos institucionales que correspondan, a fin de poner de la mejor manera posible a resguardo a nuestra comunidad, y en especial a la población con mayores factores de riesgo; que en sentido resuma imprescindible adoptar medidas acorde a las ya dispuestas por la Nación y la Provincia;
que en ese sentido debe solicitarse a nuestra población se sirva acatar dichas disposiciones de manera tal de contrarrestar los efectos de esta epidemia;
que para ello resulta necesario sancionar la medida de gobierno comunal pertinente.
Por todo ello:
La COMISIÓN COMUNAL DE VILLA MINETTI SANCIONA Y PROMULGA LA SIGUIENTE ORDENANZA:
Artículo 1°) Adherir a las disposiciones contenidas en el Decreto Nacional N° 260/20 del Gobierno Nacional, en los Decretos N° 202/20 y 0213/20 del Gobierno de la Provincia en lo que resulta pertinente, referido a las medidas a implementar respecto de la epidemia centralizada coronavirus.
Artículo 2°) Al margen de las disposiciones contenidas en el artículo 1° de la presente ordenanza y concretamente en lo que respecta al personal de esta comuna, cualquiera sea su relación laboral, disponer otorgar licencia por el término de quince días, a partir del día de la fecha a todos aquellos que registren edad superior a los sesenta (60) años, o menores de esa edad y que acrediten mediante certificado médico padecer alguna de las enfermedades que constituyen factores de riesgo de este virus.
Artículo 3°) Igualmente el personal que preste funciones, lo hará siguiendo todas las recomendaciones brindadas por los Organismos de la Salud, tanto nacionales, provinciales y locales, y para la atención de los contribuyentes esto será a una persona por vez, guardando la distancia de un metro; y para la atención de los proveedores de la comuna se dispondrán días y horarios para su atención, y en las mismas condiciones que para los contribuyentes.
Artículo 4°) Siguiendo las directivas nacionales y provinciales se prohíben a partir de la fecha las reuniones sociales, religiosas y funcionamiento de gimnasios, canchas de fútbol, funcional, clases de ritmos latinos, zumbas, aeróbic, folklore, confiterías bailables y todo acontecimiento que genere la concentración de personas, sean público o privadas.
Artículo 5°) A los efectos de poder coordinar las acciones que resulten imprescindibles, esta comuna concentrará la urgente convocatoria de la Comisión Local de Defensa Civil y/o los representantes de los organismos vinculados a esta problemática, cómo ser Cuerpo de Bomberos, Policía Provincial, directivos y director/a del hospital, autoridades escolares y representantes de instituciones intermedias.
Artículo 6°) Se solicita la colaboración de los propietarios de comercios, talleres, industrias, etc, realizar los pedidos por vía on-line o telefónica para que los viajantes de otros lugares no ingresen a la localidad.
Artículo 10°) A partir del 17/03/2020 se comenzarán con controles de ingresos de personas a la localidad en el acceso ruta 292-S las 24 horas del día.